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Consejo Social Universidad de León

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Acuerdos

Los órganos del Consejo Social son el Pleno, las Comisiones, el Presidente y el Secretario.

La convocatoria y el orden del día del Pleno y del resto de Comisiones corresponderán al Presidente y deberá notificarse con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas. En la secretaría del Consejo estará a disposición de los miembros cuantos expedientes y documentos tengan relación con los puntos incluidos en el orden del día, para examen y estudio de antecedentes.

Los acuerdos serán adoptados por asentimiento a la propuesta del Presidente o por la mayoría que se determine para cada tipo de materias, siendo inmediatamente ejecutivos. Agotan la vía administrativa y serán impugnables ante la jurisdicción contencioso-administrativa, todo ello sin perjuicio de la posibilidad de interponer el recurso administrativo de reposición.

Los miembros del Consejo Social, el Presidente y el Secretario tienen los derechos y obligaciones inherentes a su condición de miembros de un órgano colegiado y los atribuidos expresamente en los artículos de su Reglamento y recibirán el tratamiento que corresponde a su condición, ocupando el lugar pertinente en los actos solemnes celebrados por la Universidad de León.