¿Qué es?

Consejo Social Universidad de León

ESTRUCTURA

LÍNEAS DE ACTUACIÓN

MEMORIA

El Consejo Social de la Universidad de León es el órgano colegiado legalmente establecido para canalizar la participación de la sociedad en la Universidad de León, contribuyendo a mejorar la calidad de los servicios de la Universidad y el progreso de la sociedad en la que se inserta.

El Consejo Social se constituye conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en la Ley 3/2003, de 28 de marzo, de Universidades de Castilla y León y en el Estatuto de esta Universidad.

Entre sus funciones destacan la supervisión de la actividad económica y el rendimiento de los servicios de la Universidad, así como la aprobación de sus presupuestos y oferta académica.

Al Presidente del Consejo Social, le corresponde la máxima representación del Órgano y sus funciones son fundamentalmente asegurar el cumplimiento de las Leyes, garantizar el cumplimiento de los fines del Consejo Social, e impulsar las actividades del mismo, velando por el cumplimiento de los acuerdos adoptados. Podrá asimismo recabar de las Autoridades académicas, Administraciones Públicas y de Entidades privadas cuantos informes, estudios y dictámenes considere oportuno y podrá invitar al Pleno y a las Comisiones Permanentes, con voz pero sin voto, a todas aquellas personas que considere conveniente en razón de los temas a tratar.

En el ejercicio de sus competencias el Consejo Social goza de plena capacidad e independencia en el marco de la política educativa y científica establecida en esta Universidad, pudiendo tomar acuerdos con los Consejos Sociales de las Universidades de su Comunidad Autónoma y de otras Universidades.

El Consejo Social dispondrá de los recursos humanos, económicos y materiales suficientes para garantizar sus fines y el adecuado cumplimiento de sus funciones.

Para el cumplimiento de sus competencias son funciones del Consejo Social:

  1. Determinar las necesidades y aspiraciones sociales que considere deban ser satisfechas por la Universidad y que puedan incidir en los planes de estudio e investigación.
  2. Promover la participación social destinada a proveer a la Universidad de los medios necesarios para cumplir sus fines.
  3. Colaborar en la difusión de sus líneas de investigación.
  4. Facilitar y estimular las actividades de extensión universitaria, apoyando el desarrollo de iniciativas y manifestaciones culturales y artísticas.
  5. Asesorado por los medios que considere pertinentes, el Consejo Social podrá emitir propuestas y canalizar opiniones, colaborando con los órganos de Gobierno de la Universidad y con las Administraciones Públicas en todo lo que redunde en el logro de los fines y objetivos señalados.
Luis Javier Cepedano Valdeón, Presidente del Consejo Social de la Universidad de León